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miércoles, 29 de julio de 2009

Agreden y amenazan de muerte a cura salvadoreño


ContraPunto
SAN SALVADOR - Miembros de una organización comunal de una provincia central de El Salvador denunciaron hoy que el sacerdote católico Luis Quintanilla, promotor y defensor de los derechos humanos en su comunidad, fue agredido físicamente y amenazado de muerte por desconocidos armados y encapuchados.
Las agresiones las sufrió el sacerdote Quintanilla el lunes 28 de julio de 2009.
El sacerdote, que se conducía en su vehículo en la calle de ciudad Victoria a Sensuntepeque (Departamento o provincia de Cabañas), fue interceptado por cuatro hombres armados y encapuchados, quienes lo bajaron del automóvil con la intención de secuestrarlo o asesinarlo, dice la denuncia.
Y agregó que afortunadamente los criminales no lograron su objetivo, ya que el religioso pudo escapar saltando a un barranco.
La Asociación de Desarrollo Económico y Social - ADES Santa Marta, que denunció el caso, aseguró que este acontecimiento se da a un mes del secuestro, tortura y asesinato del ambientalista y líder social Gustavo Marcelo Rivera.
La policía y la Fiscalía dieron a conocer que las causas de la muerte de Rivera fueron "delincuenciales", pero ADES insiste que se trató de un crimen político.
También en esa misma zona, hace dos días se publicó una denuncia de amenazas de muerte recibidas por cuatro reporteros de la comunitaria y alternativa Radio Victoria.
"Tanto el padre Luis Quintanilla, como Marcelo Rivera y los periodistas de la Radio Victoria, han asumido un papel protagónico en la defensa de los Derechos Humanos y de oposición a todos los proyectos que atentan contra el medioambiente y la Democracia, como la explotación minera y el fraude electoral en San Isidro", explica la denuncia.
"Por lo anterior y una vez más, la población y las organizaciones sociales demandamos de las autoridades competentes y del nuevo gobierno, garantizar la vida e integridad física de los ciudadanos y realizar investigaciones exhaustivas de estos hechos", finalizó el comunicado.
Por Mariposa

Ya no puede seguir la distinción entre los descalzos y los calzados....

Deseo compartir la valoracion de Mariposa, voz femenina de la otrora Radio Venceremos, radio clandestina del FMLN en época de guerra:

El Presidente de la República, Lic. Mauricio Funes, en conferencia de Prensa dio a conocer al pueblo salvadoreño hace unos días los primeros hallazgos de corrupción de la gestión del Br. Antonio Saca. El tema de plazas fantasmas en diferentes instituciones del gobierno es un tema que cada vez ha ido creciendo hasta un aproximado de más de mil salarios mensuales que los impuestos del pueblo han venido pagando desde hace mucho tiempo.
Ahora esperamos que las autoridades respectivas apliquen verdadera justicia.

Ya no puede seguir la distinción entre los descalzos y los calzados....

EXIGENCIA DEL PUEBLO SALVADOREÑO A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PARA QUE CUMPLA EL MANDATO CONSTITUCIONAL DE INVESTIGAR Y SANCIONAR EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE LOS FUNCIONARIOS SALIENTES.

Malversación, administración deficiente, peculado, concusión, negociaciones ilícitas, cohecho, enriquecimiento ilícito, etc., son algunas de las conductas que podrían estar detrás de la gestión de Elías Antonio Saca y su gabinete de gobierno. Aunque debe de advertirse, que no es el único gobierno de ARENA que podría rayar en lo ilícito, en cuanto al manejo de los fondos públicos se refiere.

En el 2005, en ocasión de haber finalizado su mandato presidencial, el ex presidente Francisco Flores y algunos de sus funcionarios, fueron señalados por la sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, como funcionarios con cuentas irregulares; es decir, que existían razones suficientes para pensar que se habían enriquecido ilícitamente gracias al erario público.

Para recabar prueba, el entonces jefe de la sección de Probidad, respetable José Eduardo Cáceres Chávez, solicitó a instituciones bancarias, estado de cuentas de los personajes en cuestión; el sistema financiero respondió mandando cartas a la Corte Plena, aduciendo que las peticiones del ex jefe de probidad, violaban el secreto bancario.

La Corte Suprema de Justicia, como ya conocemos, resolvió acatando la petición de los bancos, restándole facultades a la sección para hacer ese tipo de diligencias, en franca arbitrariedad, ilegalidad, burla y violación de la normativa constitucional.

De esa manera se mal entendió, que los nuevos funcionarios y empleados públicos que a la luz de la LEY SOBRE EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS, deben rendir sus informes de cuentas, gozarían de absoluta impunidad.

En cierta manera esa conclusión puede considerarse cierta, porque la misma Corte Suprema de Justicia por Acuerdo ató de manos y pies a la Sección, que por disposición secundaria, es la encargada de velar por el estricto cumplimiento y aplicación de las disposiciones de dicha Ley (art. 27). Aquí podría discutirse que un Acuerdo de Corte no priva sobre una disposición legislativa, pero no es el caso; es obvio, y hasta un estudiante de primer año de Derecho estaría de acuerdo con esta premisa.

Lo que sí importa debatir, es que la Corte Suprema de Justicia está en la obligación constitucional, se subraya constitucional, de velar por la defensa del patrimonio del Estado, y por consiguiente de hacer cumplir la LEY SOBRE EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS. No importando si lo hace a través de la sección de Probidad.

La razón de la anterior afirmación, se encuentra claramente señalada en el art. 181 de la Constitución, cuando el constituyente formuló como atribución sexta de la Corte Suprema de Justicia: «Conocer de la responsabilidad de los funcionarios públicos en los casos señalados por la ley».

Pero todavía más evidente es esta obligación de la Corte Suprema de Justicia, cuando se lee del art. 240 inciso tercero de la Constitución, que regula propiamente el tema del enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos: «[…] La Corte tiene facultad de tomar las providencias que estime necesarias para comprobar la veracidad de la declaración […]».
La redacción deja en evidencia, pues, que la obligada es la Corte, no la sección de Probidad; que esta Sección le facilite el trabajo a la Corte, es una cosa muy distinta a querer suponer maliciosamente que porque la Sección está impedida de pedir informes bancarios, la Corte Suprema de Justicia, también esté inhabilitada; falso.
La Constitución es clara, la Corte está facultada para hacer todo tipo de investigación en la búsqueda de la verdad sobre las declaraciones del estado de patrimonio hechas por los funcionarios y empleados públicos al término de sus mandatos.
En igual sentido el legislador desarrolló este mandato, al redactar en el art. 8 de la LEY SOBRE EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS, que La Corte Suprema de Justicia podría « […] 1ª.-Tomar las medidas que estimare necesarias, cuando el caso lo amerite, para comprobar la veracidad de las declaraciones de patrimonio, sirviendo sus resultados únicamente para los efectos que determina esta ley […].

Pues bien, citadas las disposiciones constitucionales que advierten de forma clara y concreta la obligación de la Corte Suprema de Justicia, es decir, de sus quince Magistrados y Magistradas, de hacer todo lo que tengan que hacer en la investigación del enriquecimiento ilícito, debe decirse, que si bien es cierto, la misma Corte atavió a la Sección encomendada para tales fines, son ellos ─los quince Magistrados y Magistradas─ los obligados en ejecutar todas las actuaciones ─que en todo caso le hubiese facilitado la Sección de Probidad─, encaminadas en la investigación de enriquecimiento ilícito.
En buenas cuentas, existe sobrado y robustecido marco normativo para exigir de la Corte Suprema de Justicia, es decir a sus quince Magistrados y Magistradas, las investigaciones sobre enriquecimiento ilícito a todos los funcionarios y empleados que conforme a la ley, están en la obligación de rendir declaración; justo en este momento que existen sospechas de la existencia de delitos contra el dinero del pueblo.
No hay excusa que valga. Debemos entender que la Corte Suprema de Justicia está en plena obligación de acatar el mandato constitucional, sea o no, a través de la sección de Probidad.

Esta afirmación deviene precisamente de que según el art. 235 de la Constitución, los Magistrados y Magistradas que conforman la Corte Suprema de Justicia, protestaron bajo palabra de honor ser fiel a la república, cumplir y hacer cumplir la Constitución, ateniéndose a su texto cualesquiera que fueran las leyes, decretos, órdenes o resoluciones que la contraríen, y además prometieron el exacto cumplimiento de los deberes que el cargo les impone, por cuya infracción son responsables conforme a las leyes.
En ese sentido, los arts. 240 inciso tercero y 181 atribución sexta de la Constitución, y la LEY SOBRE EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS, obligan a los quince Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de justicia, a que realicen todo lo que sea necesario en la investigación del patrimonio de los funcionarios y empleados públicos. Es un mandato constitucional y legal, que cumplan con esa obligación, de no cumplirlo, los señores Magistrados y señoras Magistradas, estarían desobedeciendo un mandato constitucional, y con ello, la promesa que conforme al art. 235 Cn. hicieron bajo palabra de honor, y lógicamente, serían sujetos a las responsabilidades legales del caso.
Así lo establece el art. 236 de la Constitución, y deberán responder primeramente ante la Asamblea Legislativa por los delitos cometidos.
Lo más importante es que de acuerdo al art. 236 inciso final, CUALQUIER PERSONA TIENE DERECHO DE DENUNCIAR LOS DELITOS QUE COMETIERAN LOS 15 MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Lo que equivale a tener la puerta abierta para que la población salvadoreña impulse las denuncias respectivas para que la Asamblea Legislativa inicie las investigaciones delictivas respectivas respecto de los Magistrados o Magistradas que se opongan a cumplir con su obligación.
Por lo tanto, este es un atento llamado a la población salvadoreña para que ejerza la presión debida a fin de que los quince Magistrados y Magistradas de la Corte Suprema de Justicia, hagan las investigaciones patrimoniales de los funcionarios y empleados salientes, empezando por el expresidente de la República, Br. Elías Antonio Saca.
A la Corte Suprema de Justicia, rescate a la sección de Probidad y la convierta en protagonista de la investigación que por naturaleza le pertenece, facilitándole las herramientas y la libertad de actuación que necesita para investigar a fondo y cumplir con la ley.
Caso de que la Corte Suprema de Justicia, haga caso omiso de la petición, o realice investigaciones deficientes que hagan pensar que promueven la impunidad en El Salvador, se le pide a la población en general, haga las denuncias respectivas en contra del Magistrado o Magistrada que así se comportare.